La Ley N° 21.772, que modifica el sistema registral y notarial

La Ley N° 21.772, considerada la transformación más profunda del sistema notarial chileno en décadas, entró en vigencia el pasado 1 de abril de 2026, tras su promulgación el 23 de septiembre de 2025. La normativa introduce cambios estructurales orientados a modernizar el servicio, aumentar la transparencia y mejorar el acceso de las personas a trámites notariales.

La Ley N° 21.772, considerada la transformación más profunda del sistema notarial chileno en décadas, entró en vigencia el pasado 1 de abril de 2026, tras su promulgación el 23 de septiembre de 2025.

La normativa introduce cambios estructurales orientados a modernizar el servicio, aumentar la transparencia y mejorar el acceso de las personas a trámites notariales.

Principales cambios que ya están en vigor

Desde abril de 2026, el nuevo marco regulatorio establece:

  • Fin de los cargos vitalicios en notarías, conservadores y archiveros.
  • Límite de edad de 75 años para ejercer estas funciones (aplicable desde fines de 2026).
  • Nombramientos vía Alta Dirección Pública (ADP), eliminando la participación del Poder Judicial en el proceso.
  • Concursos basados en mérito y evaluación técnica.
  • Inhabilidades por parentesco con altas autoridades (Presidente, ministros, parlamentarios, entre otros), vigentes incluso hasta un año después de dejar el cargo.
  • Prohibición de contratación de familiares dentro de las notarías.

Mayor regulación en precios y fiscalización

Uno de los ejes centrales de la reforma es la transparencia en los cobros:

  • Aranceles máximos definidos por los ministerios de Justicia, Hacienda y Economía.
  • Publicación obligatoria de tarifas en los sitios web de cada notaría.
  • Fiscalización del Servicio Nacional del Consumidor, que ahora puede recibir reclamos por calidad de servicio, tiempos de atención y cobros irregulares.

Impulso a la digitalización del sistema

La ley establece una transición hacia un modelo digital:

  • Acceso remoto y gratuito a registros notariales.
  • Uso de firma electrónica avanzada.
  • Implementación de repositorios digitales.
  • Obligatoriedad de sitios web para todas las notarías.
  • Estándares mínimos de atención, infraestructura y tecnología.

Con esto, se busca poner fin a prácticas como horarios restrictivos o atención discrecional.

Nuevas obligaciones para notarías

Según el artículo 401 bis del Código Orgánico de Tribunales, todas las notarías deberán disponer públicamente de:

  1. Dirección, horarios y tarifas.
  2. Nómina de personal y sus remuneraciones.
  3. Balances anuales.
  4. Declaraciones de intereses y patrimonio del notario.
  5. Últimos tres informes de supervisión.
  6. Canal formal de reclamos y consultas.

Además, deberán reportar trimestralmente los aranceles al Ministerio de Justicia.

Plazos clave de implementación

  • 1 de octubre de 2025: Publicación de la ley.
  • 1 de abril de 2026: Entrada en vigencia general.
  • 1 de octubre de 2026: Plazo máximo para reglamento de medios electrónicos.
  • Fines de 2026: Comienza aplicación del límite de edad.

Se estima que cerca de 50 notarios cesarán funciones producto de este último punto.

Temas aún en debate

Pese a su entrada en vigencia, la reforma mantiene aspectos relevantes pendientes de definición:

1. Digitalización total de trámites

El reglamento pendiente definirá si será posible realizar compraventas de bienes raíces completamente online, mediante firma electrónica y validación remota.
De aprobarse, los tiempos podrían reducirse de 15 días a cerca de 48 horas.

2. Facultades sancionatorias del SERNAC

Actualmente, el Servicio Nacional del Consumidor puede investigar y derivar casos a la Corte Suprema. Se discute si debería tener facultad directa para sancionar, lo que reduciría significativamente los tiempos de resolución.

3. Aranceles y reajustes

Mientras la ley establece fijación bianual de tarifas, existen propuestas para:

  • Incorporar reajustes automáticos por IPC.
  • Incluir atención preferente dentro del precio máximo.

4. Ampliación de inhabilidades

Se debate extender las restricciones de parentesco a otras autoridades como alcaldes o jueces.

5. División del Conservador de Bienes Raíces de Santiago

El Conservador de Bienes Raíces de Santiago concentra cerca del 40% de las inscripciones del país. La ley permite su división por decisión presidencial, sin informe previo de la Corte Suprema.

6. Salida de notarios y transición

Persisten dudas sobre:

  • Eventuales indemnizaciones.
  • Destino de las oficinas.
  • Financiamiento de la digitalización de archivos históricos.

Objetivo de la reforma

El Ejecutivo ha presentado esta iniciativa como parte de un proceso de modernización del Estado, con foco en:

  • Mayor transparencia.
  • Reducción del nepotismo.
  • Acceso equitativo a servicios notariales.
  • Digitalización de trámites.

En síntesis

La ley ya está vigente, pero su implementación completa dependerá de los reglamentos y definiciones pendientes hacia 2027.

Se termina el modelo de notarías vitalicias y de transmisión informal de cargos.

Se establecen reglas claras en nombramientos, tarifas y fiscalización.

Se avanza hacia un sistema digital y más accesible.

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